El intendente Fernando Espinoza, mediante el Decreto 1503, dispuso que se extienda hasta el martes 14 la suspensión de actividades previstas en el decreto Nº 1498/09 del pasado 3 de julio. Se prolonga la suspensión hasta el 14 de julio inclusive, para confiterías bailables, clubes nocturnos, boites, bares y restaurantes con espectáculo público, peloteros y agencias de apuestas para carreras de caballos, bingo y/o similares.
Se establece hasta la finalización de la emergencia sanitaria que los establecimientos que se enumeran a continuación deberán reducir el factor ocupacional en el porcentaje que en cada caso se indica:
*Espectáculos artísticos de afluencia masiva (cines, teatros, circos y otros) en un 60%.
*Cibercafés, servicios de internet que funcione como ciber, salones de fiestas, salones de fiestas infantiles, establecimientos gastronómicos (restaurantes, bares, confiterías y similares) en un 30%. Para cibercafés y establecimientos gastronómicos se establece que el horario de funcionamiento finalizará a las 1.30 am.
jueves, 9 de julio de 2009
SIGUE LA RESTRICCION
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